SAT llama a presentar Declaración Anual 2025 durante abril.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) llamó a las y los contribuyentes a presentar la Declaración Anual 2025 de personas físicas, cuyo periodo estará habilitado del 1 al 30 de abril, informó Jorge Lino Álvarez Gallardo, administrador desconcentrado de Servicios al Contribuyente Guanajuato 2.
“El periodo para presentar la Declaración Anual es del 1 al 30 de abril, por lo que convocamos a las y los contribuyentes a cumplir con esta obligación fiscal dentro del plazo legal establecido”, señaló.
El trámite deberá realizarse a través del Portal del SAT, disponible las 24 horas durante todo el mes. La autoridad fiscal recordó que esta obligación aplica para quienes obtuvieron ingresos por sueldos y salarios cuando superen los 400 mil pesos anuales, así como para quienes trabajaron con más de un empleador, dejaron de laborar antes del 31 de diciembre o percibieron ingresos adicionales distintos al salario.
También deberán presentar su declaración quienes obtuvieron ingresos por servicios profesionales, actividades empresariales incluyendo plataformas tecnológicas y Régimen de Incorporación Fiscal, arrendamiento de bienes inmuebles, enajenación o adquisición de bienes, así como por intereses o dividendos. En el caso de contribuyentes bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), algunos podrán quedar relevados.
Álvarez Gallardo destacó que este año se incorporaron mejoras tecnológicas para facilitar el proceso. “Se implementaron actualizaciones en el formulario con el objetivo de agilizar el llenado y apoyar a quienes presentarán este trámite”, indicó.
Entre los cambios destaca la precarga de información de retenedores, el desglose de ingresos exentos y la incorporación de nuevas funcionalidades para aplicar estímulos fiscales. Además, se incluyeron mensajes informativos cuando el contribuyente modifica datos precargados.
En el apartado de deducciones personales se identificarán comprobantes fiscales con inconsistencias, los cuales podrán ser reclasificados si se cuenta con documentación soporte. También se añadieron campos específicos para intereses provenientes de Sociedades Financieras Populares (SOFIPOS).
En caso de resultar un impuesto a pagar, los contribuyentes podrán cubrirlo hasta en seis parcialidades, siempre que la declaración se presente en abril y se realice el primer pago en ese mismo mes.
Para enviar la declaración se requiere contraseña o e.firma vigente; sin embargo, cuando el saldo a favor sea igual o mayor a 10 mil un pesos, será obligatorio el uso de la e.firma. “Si el saldo a favor es igual o mayor a 10 mil un pesos, es necesaria la e.firma para su envío”, precisó.
El SAT puso a disposición diversos canales de atención como MarcaSAT, chat en línea, OrientaSAT y citas en oficina virtual, además de un calendario informativo en su portal para identificar los días con mayor demanda, mencionó.
